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La certificación EFP y EFA deberá renovarse cada 2 años tras la entrada en vigor de la MIFID II

El objetivo es que los profesionales tengan un conocimiento actualizado en la materia.
La acreditación EFPA se renovará bianualmente.

Con la entrada en vigor de la nueva normativa MIFID II en enero de 2018, ha habido numerosos cambios legislativos en materia financiera. Una de las medidas más destacadas es la recertificación que se deberá hacer del European Finnancial Planner (EFP). Y es que, la acreditación EFPA para los profesionales financieros que asesoran o informan sobre productos financieros a los clientes, en España se renovará cada dos años.

De esta manera, la European Finnacial Planning Assoctiation (EFPA) acata las directrices marcadas por la CNMV y responde a la demanda de diversas entidades financieras que exijian solicitar algún tipo de certificación relacionada con la cualificación de los profesionales a cargo del asesoramiento sobre productos financieros. Por lo tanto, una determinada persona cualificada, para que pueda seguir utilizando la certificación EFPA, estará obligada periódicamente (cada 2 años como máximo), a realizar unas horas de formación continuada y a su posterior ratificación según el Código Ético EFPA. En concreto, deberán demostrarse un total de 30 horas de formación continua para el caso European Financial Advisor (EFA) y un total de 40 horas de formación continua para el caso EFP.

¿Cuál es el objetivo?

El objetivo de la recertificación es tener un conocimiento actualizado de todos los contenidos que aparecen en la Guía de Certificación y en los exámenes EFA y EFP. Por lo tanto, en ningún caso serán admitidas el 100% de las horas necesarias para la recertificación en base a la realización de un único tema (por muy larga que sea la duración en horas). Como máximo, se darán el 50% de horas necesarias para ello (15 o 20 según el caso), no quedando acumuladas las horas de formación para futuros períodos de recertificación. Además, será necesario aportar como mínimo, 2 horas en concepto de Ética y/o Fiscal-Legal.

¿Qué debe aparecer?

Se deberán aportar los siguientes datos:

– Título
– Fecha
– Duración
– Contenidos de la actividad de formación
– Nombre del participante y de las personas que hayan impartido dichas actividades formativas
– Firma y sello del centro

La documentación deberá enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico recertificaciones@efpa.es

La relación de cursos y actividades formativas que serán consideradas como válidas para la recertificación por el CAC, aparecerán de antemano publicadas en la página web oficial de EFPA España.

¿Cómo hacerlo?

Actualmente, existen dos alternativas para renovar la certificación:

1. Demostración fehaciente de haber adquirido las 30/40 horas de formación durante el periodo de dos años, con su correspondiente firma del Código Ético.
2. Superar nuevamente el examen correspondiente EFA o EFP, para el cual deberá inscribirse en los plazos publicados en el Boletín Oficial de Inscripción, con el correspondiente abono del derecho a examen. Las fechas de recertificación, en función de su correspondiente fecha de alta en la asociación, son las siguientes: Febrero, Marzo, Septiembre, Noviembre.

Renovación certificados efp y efa
Renovación certificados efp y efa

¿Cómo deben ser las actividades formativas?

• Que estén relacionadas con uno o más temas de asesoría y planificación financiera.
• Que contribuyan al crecimiento o mejora de las competencias profesionales.
• Que estén desarrolladas y dirigidas por personas cualificadas en el área de la materia.
• Que estén actualizadas de acuerdo al contenido del CAC.
• Que tengan una duración mínima de 1 hora.
• Que se aporte la documentación requerida.

¿Qué ocurre si no obtengo la certificación?

Entre los 15 y 30 días posteriores a la finalización del plazo de recertificación, el interesado recibirá una notificación donde quedará informado de la superación o no de la de renovación del certificado EFPA. En caso de que quiera subsanar dichas deficiencias, se deberá poner en contacto con EFPA España. De no ser así, quienes en el periodo de los 30 días posteriores a la fecha de recertificación no hayan completado los requisitos necesarios para la renovación, serán dados de baja del registro de EFPA Europa y perderán los derechos a utilizar los títulos EFA y EFP.

Más información:
En este enlace encontraréis toda la información al respecto.

Todas las disposiciones sometidas a los requisitos de la certificación y formación continuada estarán sujetos a revisiones periódicas llevadas a cabo por parte del Standard Qualificaction Comittee (SQC) de EFPA Europa.